El Gobierno autorizó derribar aeronaves de origen externo declaradas hostiles durante la visita de León XIV: el decreto rige del 8 al 11 de noviembre y deja la decisión en manos del ministro de Defensa
El Decreto 1334/2026 amplía las reglas de protección aeroespacial para Buenos Aires y Córdoba, y las presenta como último recurso. A una aeronave civil que desobedezca sólo se la intercepta y se le ordena aterrizar, salvo ataque armado o amenaza inminente a la vida.

El Gobierno autorizó el uso de la fuerza, hasta el derribo, contra aeronaves de origen externo declaradas «hostiles» durante la visita del papa León XIV. Lo dice el Decreto 1334/2026, publicado este miércoles 4 de noviembre en el Boletín Oficial con las firmas de Javier Milei, Diego Santilli y Carlos Presti. Rige del 8 al 11 de noviembre, inclusive.
La norma amplía las Reglas de Protección Aeroespacial del Decreto 228 de 2016 para las zonas restringidas TMA Baires y TMA CBA, los espacios aéreos alrededor de Buenos Aires y Córdoba. Los considerandos explican por qué: los actos en la Ciudad de Buenos Aires, Córdoba y Luján reunirán a autoridades nacionales y extranjeras y a multitudes.

Cómo se llega a un derribo
El decreto lo presenta como «último recurso» y le pone tres condiciones. Primero, que se confirme un acto hostil: un ataque armado, o el uso o la amenaza inminente de usar la aeronave como arma contra personas, intereses vitales de la Nación u objetivos estratégicos, con indicios objetivos como armamento o una trayectoria, altitud o velocidad compatibles con un ataque después de las advertencias. Deben estar agotadas la identificación, la interceptación, la advertencia y la orden de aterrizaje.
Segundo, la aprobación del ministro de Defensa, el teniente general Carlos Presti, en quien se delega la decisión de manera «indelegable». El texto lo justifica porque esas decisiones pueden tomarse en «escasos minutos», y deja a salvo que el Presidente puede asumirla en cualquier momento. La declaración de hostilidad la hace el comandante conjunto aeroespacial. Tercero, que actúen medios militares bajo su mando.
Qué pasa con los aviones civiles
A las aeronaves civiles no se les aplica lo mismo. Ante una desobediencia, el decreto prevé sólo la interceptación y la orden de aterrizar; el uso de armas queda para un ataque armado o una amenaza inminente y cierta contra la vida que no se pueda neutralizar de otro modo. El texto invoca el artículo 3 bis del Convenio de Chicago.
También aclara que no habla de aeronaves de origen interno: esas situaciones quedan bajo la Ley de Seguridad Interior, que sólo admite elementos de combate de las Fuerzas Armadas de forma excepcional y con estado de sitio previo.

Quién manda en el aire esos días
El Comando Conjunto Aeroespacial coordinará con la ANAC las restricciones al tránsito aéreo, y podrá tomar tres grados de control sobre el área y sobre los servicios de EANA, según la gravedad: coordinación, con desvío de vuelos cuando se pueda; control total bajo subordinación directa, con los controladores aplicando sus restricciones; y control total integral, que despeja el espacio aéreo de medios civiles y deja toda autorización de vuelo bajo control militar. Cada irregularidad cuenta como una degradación de la situación aeroespacial.
El decreto no prohíbe los vuelos de manera general, según Infobae; las restricciones concretas dependerán de lo que disponga la ANAC, que Devengado no vio publicadas. La visita coincide con los feriados del 9, 10 y 11 de noviembre según la jurisdicción, y llega después del paro de ATE anunciado para este viernes en 27 aeropuertos. El gasto sale de las partidas de Defensa, el Ejército, la Fuerza Aérea y el Estado Mayor Conjunto.
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