Los data centers y los grandes proyectos mineros deberán traer su propia energía para conectarse a la red: el Gobierno creó el régimen XDEM

La Secretaría de Energía publicó este viernes en el Boletín Oficial la Resolución 264/2026, que crea el régimen de Demandas Extratendenciales (XDEM) en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM): los nuevos consumos de gran escala —centros de datos e inteligencia artificial, minería, plantas de GNL o de hidrógeno— deberán conectarse con su propia oferta de energía y de potencia. La norma, firmada por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, rige desde su publicación.
Qué exige
Toda nueva demanda o ampliación que represente al menos el 0,5% de la demanda media del MEM será considerada XDEM, se conecte a la red de transporte o a la de distribución. Según la Secretaría, ese umbral equivale hoy a unos 80 MW. Deberá presentar un Plan Especial de Abastecimiento que asegure al menos el 80% de su energía con nueva producción y respaldo con nueva potencia firme por el 100% de su demanda máxima en los emprendimientos productivos, y por el 115% en los de procesamiento de datos.
Se considera «nueva» la oferta que entre en operación comercial después de que la XDEM presente su solicitud ante la Secretaría. Los desarrolladores pueden elegir tecnología y proveedor, incluida la generación propia instalada en el punto de conexión, según el comunicado oficial citado por Infobae y Ámbito.
La resolución fija además un valor por insuficiencia de cobertura energética, un cargo por déficit de potencia firme y un cargo de reserva de capacidad para evitar «la inmovilización especulativa» de capacidad de transporte cuando varias solicitudes compiten por redes limitadas. Las solicitudes que ya estaban en trámite tienen 60 días para adecuarse al nuevo régimen.
Por qué a los data centers se les pide más
En los considerandos, la Secretaría sostiene que las demandas de procesamiento intensivo de datos tienen «perfiles de consumo de elevada continuidad, densidad de carga y sensibilidad operativa», que exigen más a la reserva y a la estabilidad del sistema; por eso les suma un 15% de potencia firme. Según el comunicado, si faltara oferta se priorizará a los usuarios ya conectados —hogares, comercios, pymes e industrias— y los grandes proyectos deberán abastecerse «a su propio riesgo» y «sin trasladar costos» al resto de los usuarios.
Contexto
La norma reemplaza el artículo 13 de la Resolución 400/2025, que ya exigía respaldo físico propio a las nuevas grandes demandas, y lo extiende a los proyectos conectados por distribuidoras y a las ampliaciones de consumos existentes. El régimen se incorpora como Apéndice C del Anexo 17 de Los Procedimientos del MEM: los XDEM serán una subcategoría de Gran Usuario Mayor (GUMA). En la misma edición del Boletín Oficial, la Resolución 257/2026 habilitó a los proyectos renovables adjudicados en las rondas del programa RenovAr a pedir a CAMMESA la rescisión de sus contratos de abastecimiento, con el pago único del 14% de su garantía de cumplimiento, entre otros requisitos.
Qué sigue
La Subsecretaría de Energía Eléctrica quedó facultada para dictar las normas complementarias. El acceso, la conexión y las ampliaciones de las redes seguirán a cargo de los reguladores, transportistas y distribuidores, y la resolución debe notificarse a CAMMESA y al ente regulador del gas y la electricidad.
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