— Buenos Aires, Argentina —
MERCADOS. ECONOMÍA. EL MUNDO REAL.
— lectores hoy · — acumulados ☕ Apoyá a Devengado
DEVENGADO
☕ Apoyá a Devengado
CRIPTO · REGULACIÓN · ARGENTINA

La CNV obligó a los proveedores cripto a avisar a sus clientes con 30 días antes de darse de baja y les exigirá un informe mensual desde el 1 de noviembre

Compartir
Ilustración editorial generada con IA: en primer plano, la mano de un usuario sostiene un celular con una aplicación de exchange genérica que muestra los íconos de bitcoin y USDT, frente a la fachada de un edificio institucional del centro porteño con una bandera argentina; composición conceptual que representa a la CNV, no es su sede real ni una fotografía del hecho.

La Resolución General 1172, publicada este jueves en el Boletín Oficial, reescribe el régimen de los PSAV: ordena el trámite para cambiar de categoría o de nombre, suma criterios sobre capital y estatutos y fija desde el 1 de noviembre un reporte mensual de clientes, volumen operado en dólares, los diez activos más negociados y la custodia.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) reescribió el régimen de los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV), las empresas y personas que compran, venden, transfieren o custodian criptomonedas por cuenta de terceros en la Argentina. La Resolución General 1172/2026, publicada este jueves 15 de octubre en el Boletín Oficial, sustituye el capítulo de sus normas dedicado a esas entidades y entra en vigencia mañana, viernes 16.

El cambio más visible para los usuarios está en la baja del registro: un PSAV que quiera dejar de operar deberá haber comunicado a sus clientes el cese de actividades con una antelación no inferior a 30 días corridos, haber puesto en marcha mecanismos para que puedan retirar o transferir sus saldos y haberles enviado comunicaciones periódicas durante ese plazo. Recién entonces podrá pedir la cancelación, con una declaración jurada de que cesó las actividades y cumplió esas medidas.

Un informe mensual desde el 1 de noviembre

La norma también precisa el régimen informativo periódico. Dentro de los 15 días corridos posteriores a cada mes calendario, los PSAV deberán presentar a la CNV la cantidad de clientes —separados entre personas humanas y jurídicas—, el volumen mensual operado expresado en dólares, el detalle de los diez activos virtuales más negociados y, si custodian activos, la cantidad total de cada uno. Esa información periódica será aplicable a partir del 1 de noviembre de 2026.

Para ordenar los datos, la resolución incorpora un instructivo como anexo y renombra el formulario PSAV_014 como «Informe Mensual: Clientes, Operaciones y Custodia». Entre otras pautas, establece que cada operación entre dos criptoactivos se descomponga en sus dos tramos, cada uno valuado en dólares: si los clientes entregan bitcoin a cambio de USDT, los tramos de bitcoin se suman en una línea y los de USDT en otra. Por eso la norma agrega a las definiciones de la CNV los términos BTC (bitcoin), USDT (la stablecoin de Tether) y USDC (la de Circle).

Ilustración editorial generada con IA: una oficial de cumplimiento de espaldas trabaja de noche frente a dos monitores con planillas de clientes y paneles de volumen y custodia con los íconos de bitcoin, USDT y USDC, con la ciudad de Buenos Aires y el Obelisco por la ventana; composición conceptual, no es una fotografía real.

Cambios de categoría, de nombre y de capital

Según los considerandos, la CNV buscó corregir aspectos que surgieron de «la experiencia recogida» desde la RG 1058, la reglamentación integral de la actividad. La nueva redacción fija un procedimiento para que un PSAV inscripto agregue o modifique las categorías de actividad declaradas: debe avisar antes al Registro de PSAV, presentar la documentación por la Autopista de Información Financiera (AIF) e informar el cambio como hecho relevante. También regula la actualización del registro cuando la sociedad cambia de denominación.

Además, incorpora al texto los criterios interpretativos 95, 96 y 97 —sobre sociedades locales y sucursales de compañías extranjeras, la acreditación del patrimonio neto mínimo, el tratamiento del capital y los aportes irrevocables, y el objeto y estatuto social— y los deja sin efecto como documentos separados. En la redacción vigente, el patrimonio neto mínimo es de US$ 150.000 para las categorías 1, 2 y 4, de US$ 75.000 para la 3 y de US$ 35.000 para la 5, con una exigencia del 50% para quienes transaccionaron o custodiaron menos de US$ 2,5 millones en los últimos doce meses. Las personas humanas deben inscribirse sólo cuando sus operaciones superan el equivalente a 35.000 UVA por mes.

La CNV puede cancelar la inscripción a pedido del propio PSAV, cuando revoque la autorización en ejercicio de sus facultades de supervisión o cuando lo requiera la Unidad de Información Financiera (UIF) por incumplimientos de su régimen informativo, incluida la identificación de los beneficiarios finales.

Ilustración editorial generada con IA: la mano de un usuario sostiene un celular con un aviso genérico de cese de actividades de una plataforma cripto y un botón para retirar o transferir su saldo en USDT, junto a un mate en la mesa de un living porteño; composición conceptual, no es una captura de una aplicación real.

Por qué importa

El registro de PSAV nació con la Ley 27.739, que en 2024 incorporó a estos proveedores a la ley de prevención del lavado de activos y le dio a la CNV su supervisión, en línea con la Recomendación 15 del GAFI. La resolución recuerda que la competencia del organismo alcanza a la actividad de los PSAV y no a los activos virtuales en sí, salvo que encuadren como valores negociables. El reporte mensual le dará al regulador una foto periódica de cuántos clientes tienen las plataformas locales, cuánto operan y qué activos custodian.

La CNV publicó el mismo día la Resolución General 1173/2026, que moderniza el examen de idoneidad para quienes asesoran o venden a inversores: el organismo podrá reconocer entidades especializadas para tomar la prueba, aunque conservará los contenidos, el banco de preguntas y el Registro de Idóneos, y seguirá tomando el examen hasta que las primeras entidades estén operativas.

Fuentes: Boletín Oficial — CNV, Resolución General 1172/2026, Boletín Oficial — CNV, Resolución General 1173/2026.