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AGRO · GANADERÍA · SANIDAD ANIMAL

El Senasa reglamentó la libre elección de vacunadores contra la aftosa y la brucelosis: los productores tienen hasta el 15 de diciembre para elegir veterinario para 2027

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Ilustración editorial generada con IA: un veterinario rural con gorra y chaleco vacuna a un novillo Aberdeen Angus en la manga de un campo de la pampa húmeda, con una conservadora de vacunas a sus pies, peones arreando la hacienda y una bandera argentina en el galpón; composición conceptual, no es una fotografía de un hecho real.

La Disposición 27/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, fija una ventana anual del 15 de octubre al 15 de diciembre para que cada productor designe a un veterinario privado acreditado; si no lo hace, sigue vacunando el ente sanitario local. También obliga a inscribir los depósitos de frío y a guardar una reserva de 10% de las dosis, pese al rechazo de las entidades rurales.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) reglamentó este jueves 15 de octubre la libre elección del vacunador en las campañas contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina. La Disposición 27/2026 de la Dirección Nacional de Sanidad Animal, firmada por su titular, Daniel Alejandro Caria, y publicada en el Boletín Oficial, define cómo el titular de cada Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) puede contratar a un veterinario privado acreditado en lugar del ente sanitario de su zona.

La norma completa la Resolución 201/2026 del Senasa, del 12 de marzo, que habilitó esa libre elección. Aquella resolución pedía comunicar la decisión con al menos 30 días de anticipación a la primera campaña del año; la disposición lo reemplaza por un período fijo y uniforme en todo el país: del 15 de octubre al 15 de diciembre del año anterior. Para la primera campaña oficial de 2027, la ventana va del 15 de octubre al 15 de diciembre de 2026, aunque la disposición rige desde el día siguiente a su publicación.

Cómo se elige

El productor debe completar, con carácter de declaración jurada, un formulario en el sistema SIGTrámites; el veterinario acepta o rechaza la designación en el mismo sistema y el vínculo queda confirmado con esa aceptación. Cada Renspa puede vincularse con un solo veterinario, que pasa a hacerse cargo tanto de las vacunaciones sistemáticas como de las estratégicas del establecimiento. Mientras no haya elección, o si el profesional la rechaza, el Renspa sigue asociado al ente sanitario de su jurisdicción.

El productor o el veterinario pueden dar de baja el vínculo en cualquier momento por SIGTrámites; en ese caso hay que elegir de nuevo entre otro profesional o el ente local. Una vez cerrado el período de comunicación, cualquier cambio debe pedirse en la oficina local del Senasa.

Ilustración editorial generada con IA: una veterinaria con guardapolvo carga cajas de vacunas desde una cámara refrigerada a conservadoras térmicas en el depósito de frío de una veterinaria de pueblo ganadero, con vacas en el corral al fondo; composición conceptual, no es una fotografía de un depósito real.

Depósitos de frío y reserva de 10%

Quienes almacenen vacunas antiaftosa y antibrucélica, sean o no veterinarios, deberán inscribir sus depósitos de frío ante el Senasa con las coordenadas del lugar, la infraestructura y la modalidad de uso. La inscripción es una declaración jurada y no equivale a una habilitación. Las dosis que ingresen a cada depósito no podrán superar las necesarias para vacunar el stock registrado en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) de los establecimientos atendidos ni la capacidad declarada.

Además, cada depósito tendrá que mantener una reserva equivalente al 10% de esas dosis para vacunaciones de emergencia, que sólo podrá usarse con autorización del Senasa. Las vacunas deberán retirarse dentro de las 24 horas previas a la aplicación, para resguardar la cadena de frío, y el organismo podrá inspeccionar sin previo aviso y suspender o dar de baja un depósito ante inconsistencias. Los incumplimientos se sancionan según la Ley 27.233.

Ilustración editorial generada con IA: un productor ganadero con boina revisa papeles sanitarios frente a una notebook en la mesa de la cocina de su casa de campo, con un mate y un termo, mientras por la ventana se ven vacas en el corral; composición conceptual, no es una fotografía de un productor real.

El rechazo de las rurales

La medida avanza pese al rechazo de las entidades rurales, que defienden el esquema de entes sanitarios y fundaciones que hoy organizan la vacunación por zonas, informó Bichos de Campo. Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) sostuvo que el cambio «traslada el costo y el riesgo hacia los productores más chicos», según ese medio, y 16 sociedades rurales del sudeste bonaerense reiteraron su oposición. Bichos de Campo atribuye el impulso de la medida al ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger.

La propia disposición recuerda que el Plan de Erradicación de la Fiebre Aftosa, vigente desde 2001, tiene a la vacunación sistemática como una de sus principales estrategias. Desde este viernes, los productores que quieran cambiar de esquema para la primera campaña de 2027 pueden cargar la elección en SIGTrámites, donde el Senasa también habilitará los formularios para inscribir los depósitos de frío.

Fuentes: Boletín Oficial, Disposición 27/2026 DNSA-Senasa, Bichos de Campo.